1.Introducción
GRUPO JUNO (en adelante, el Grupo o la Organización) es un grupo empresarial líder en el sector de las pinturas. Fundado en 1927, está formado por 3 divisiones de negocio: producción (3 fábricas), comercialización (Industrias Juno, S.A. y Pinturas Arco Iris, S.L.) y distribución (equipo comercial y red de tiendas Industrias Juno, S.A. y Pinturas Galdesa, S.L.). Referentes para los pintores profesionales, JUNO es una marca que prima y mantiene la calidad de sus productos, defiende su importancia como criterio diferenciador y la argumenta como un ahorro en cualquier proceso de pintado.
El Código Ético de GRUPO JUNO desarrolla los principios éticos recogidos en los Valores Corporativos y se ha elaborado teniendo en cuenta las recomendaciones empresariales internacionales de buen gobierno y los principios de responsabilidad social corporativa aceptados por el Grupo. Documento integrante del Programa de Prevención de Delitos Corporativos, los valores y pautas de comportamiento aquí recogidos deben regir y guiar el comportamiento profesional de todos sus miembros.
Con el fin de adquirir la excelencia en sus actividades y por ser una Grupo comprometido con los principios éticos, la transparencia y el liderazgo, se presenta este Código Ético, como mecanismo necesario e indispensable para promover una cultura ética y de cumplimiento de la legalidad vigente en el seno de GRUPO JUNO.
2.Objeto
El Código Ético de GRUPO JUNO recoge las pautas que han de guiar el comportamiento ético de todos sus miembros, entendiendo por tales tanto directivos como empleados, colaboradores y demás personas que intervienen en la actividad empresarial diaria del Grupo. Asimismo, se aspira a compartir con todos los grupos de interés de GRUPO JUNO los valores corporativos que forman parte de nuestra cultura empresarial.
Este Código Ético tiene también como objeto prevenir las conductas delictivas y cualesquiera otros comportamientos ilícitos en el desempeño de la actividad empresarial por los aquí obligados, y establecer los mecanismos de control y seguimiento necesarios que garanticen su debido cumplimiento.
La dimensión diversificada e internacional de GRUPO JUNO obliga a que todos sus miembros, en este ámbito global, asuman el firme compromiso de cumplir con la legislación vigente de todos los países en los que operen, observando siempre las pautas reguladas en este Código Ético.
3.Ámbito de aplicación
El ámbito de aplicación personal de este Código Ético abarca a todos los miembros de los órganos de administración, directivos y empleados de las entidades que forman parte de GRUPO JUNO, en todos sus centros de trabajo, con independencia de su nivel jerárquico o funcional y de su vínculo contractual. A estas personas se las denominará en lo sucesivo miembros de GRUPO JUNO. Las sociedades que conforman GRUPO JUNO son: Industrias Juno, S.A., Pinturas Arco Iris, S.L. y Pinturas Galdesa, S.L.
Asimismo, también será de apreciación extensiva a aquellos socios de negocio que tengan relación con el Grupo, cuando sea posible y las circunstancias así lo aconsejen, o a cualquier otra persona física o jurídica vinculada con GRUPO JUNO, en el estricto cumplimiento de la Ley.
persona física o jurídica vinculada con GRUPO JUNO, en el estricto cumplimiento de la Ley. Se tendrá en cuenta, como uno de los criterios de selección en las relaciones de negocio llevadas a cabo en el seno de la actividad de GRUPO JUNO, que las empresas o profesionales tengan asumidos principios de comportamiento y de gestión similares a los enunciados en este Código Ético.
La falta de conocimiento de este Código Ético no exime de su cumplimiento, siendo obligación de GRUPO JUNO informar a todas las personas vinculadas sobre la existencia del mismo, poniendo los medios y recursos necesarios para que se conozca y comprendan las normas en él contenidas.
En caso de duda o de conflicto de interpretación de la regulación aquí contenida, las personas sujetas a este Código Ético podrán obtener auxilio a través del Canal Ético o acudiendo directamente al órgano de compliance de GRUPO JUNO.
Los criterios de conducta recogidos en este documento no tienen vocación exhaustiva en listar las situaciones que se pueden dar en el desempeño profesional de los miembros de GRUPO JUNO, pero sí de establecer unas pautas generales que orienten su manera de actuar en el ejercicio de sus funciones profesionales.
4. Valores corporativos
La actuación profesional conforme a los principios contenidos en los Valores Corporativos de GRUPO JUNO, que inspiran y se materializan en este Código Ético, en las políticas de compliance penal y en las demás normas de gestión, es la mejor garantía del compromiso del Grupo en la aportación de valor a sus clientes, proveedores, trabajadores, accionistas, empresas colaboradoras, administraciones públicas y sociedad en general. Los valores de GRUPO JUNO que deben inspirar su actividad empresarial son:
- Integridad: estricta observancia de conductas justas, comportamientos honestos y respeto absoluto de la legalidad vigente en las actuaciones profesionales.
- Innovación: promoción y aplicación de avances en todo el ciclo productivo y comercial, para optimizar la gestión empresarial y maximizar el rendimiento de los recursos.
- Calidad: satisfacción de las necesidades de los clientes y orientación a la mejora continua.
- Sostenibilidad: gestión ambiental responsable con procesos que permiten reducir el impacto medioambiental de la actividad empresarial.
- Seguridad: aplicación de medidas preventivas que garanticen la seguridad y la salud de todos los trabajadores.
Estos valores son los que se esperan de todos los miembros del Grupo en el desempeño de sus funciones. Asimismo, GRUPO JUNO también espera que sus proveedores o colaboradores mantengan un comportamiento empresarial acorde con estos valores.
Con la aprobación de este Código Ético, GRUPO JUNO protege los valores corporativos descritos y su propia reputación, y previene cualesquiera comportamientos contrarios a la normativa vigente o a la moral que puedan poner en peligro su actividad o perjudicar su imagen.
5. Normas generales de conducta
5.1 Legalidad
Todas las personas sujetas a este Código Ético mantendrán, en el desarrollo de sus actividades profesionales, un estricto respeto a la normativa legal vigente, debiendo evitar cualesquiera conductas que afecten de manera negativa a los valores e intereses del Grupo. La efectiva observancia de esta obligación requiere que los miembros de GRUPO JUNO se esfuercen por conocer suficientemente las normas generales y específicas a su propia responsabilidad o función.
GRUPO JUNO no tolerará ningún acto contrario a la legalidad vigente, al presente Código Ético y a sus normas de desarrollo, comportando sanciones para los infractores conforme a lo establecido en su régimen disciplinario.
Aquellas indicaciones u órdenes contrarias a la ley, reglamentos o cualquier otra normativa aplicable, tanto externa como interna, recibidas por las personas sujetas a este Código, deberán comunicarse de manera confidencial al órgano de compliance a través del Canal Ético. Ninguna orden que contravenga lo dispuesto en una norma jurídica vigente debe ser obedecida.
GRUPO JUNO respetará y acatará las resoluciones judiciales o administrativas, pero se reserva el derecho a recurrir en los términos establecidos en las leyes, ante cuantas instancias fuere oportuno, las referidas decisiones o resoluciones, cuando entienda que no se ajustan a Derecho y contravengan sus intereses.
5.2. Lealtad
Todas las personas sujetas a este Código Ético deberán actuar con lealtad y buena fe, velando en todo momento por mantener los más elevados criterios éticos y morales en sus actuaciones y comportamientos, evitando aquellas situaciones que puedan causar perjuicios al Grupo.
5.3. Evitación de conflictos de interés
Las personas sujetas a este Código Ético no podrán participar en la toma de decisiones en situaciones en las que haya un conflicto de intereses, entre los personales y los de GRUPO JUNO, que pueda afectar a su actuación.
En el supuesto de que exista una situación, potencial o real, de conflicto de interés, las personas sujetas a este Código Ético deberán comunicarlo lo antes posible a GRUPO JUNO a través del Canal Ético o acudiendo directamente al órgano de compliance.
5.4. Derechos humanos y laborales
Todas las actuaciones y prácticas llevadas a cabo por las personas sujetas a este Código Ético se realizarán cumpliendo y respetando escrupulosamente los derechos humanos y las libertades públicas reconocidos en la Declaración Universal de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas, los principios y derechos fundamentales en el trabajo recogidos en la Declaración de la Organización Internacional del Trabajo y las disposiciones contenidas en el Pacto Mundial de la ONU de derechos humanos, trabajo, medioambiente y anticorrupción.
GRUPO JUNO se compromete a no recurrir al trabajo infantil, forzoso, coactivo o a contratar a trabajadores ilegalmente establecidos en España. Asimismo, promueve y respeta la libertad de asociación, de opinión y expresión de sus empleados, así como el derecho a la negociación colectiva.
5.5. Respeto a las personas e igualdad de oportunidades
GRUPO JUNO promoverá, en observancia del principio general de no discriminación por razón de raza, color, nacionalidad, origen social, edad, sexo, estado civil, orientación sexual, ideología, opiniones políticas, religión o cualquier otra condición personal, física o social de todas las personas y entidades relacionadas con su actividad empresarial, la igualdad de oportunidades y de trato entre todos sus trabajadores, así como en lo referente al acceso al empleo, la formación continua, las condiciones de trabajo y la promoción profesional interna.
De manera expresa rechaza cualquier manifestación de violencia, acoso, abuso de autoridad, declaraciones públicas difamatorias y cualesquiera otras conductas susceptibles de generar un entorno intimidatorio u ofensivo para los derechos de las personas sujetas a este Código Ético.
5.6. Seguridad y salud en el trabajo
GRUPO JUNO promoverá una política integral de seguridad y salud en el trabajo, con medidas preventivas específicas diseñadas en base a la legalidad vigente y convenientemente protocolizadas en el Plan de Prevención de Riesgos Laborales.
La seguridad y salud en el desempeño de las funciones profesionales se considera responsabilidad individual y una condición de empleo. Por ello, no se permitirán comportamientos inseguros que puedan provocar daños graves a las personas y/o instalaciones. GRUPO JUNO prohíbe el acceso a sus instalaciones y el desempeño de sus funciones profesionales al personal que se encuentre bajo los efectos del alcohol, drogas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas.
GRUPO JUNO exige igualmente a los terceros con los que mantenga relaciones comerciales la observancia y aplicación de la normativa actualizada en materia de seguridad y salud en el trabajo.
5.7. Prevención de la corrupción
Ninguna persona sujeta a este Código Ético solicitará, aceptará, ofrecerá o entregará cualesquiera regalos, obsequios, dádivas u otras atenciones comerciales, que por su valor, características o circunstancias estén fuera de los usos sociales o puedan suponer una alteración en el desarrollo de sus actividades comerciales, administrativas, laborales o profesionales, quedando expresamente prohibido el pago en metálico con el fin de influir en la toma de decisiones de terceros.
Estas prohibiciones se extienden a la realización de cualquier tipo de comportamiento o actividad destinada a influir ilícitamente en el comportamiento de un funcionario público, autoridad pública o aquel que ejerza alguna potestad pública para que adopte, o deje de hacerlo, una decisión que pudiese favorecer a el Grupo. Se hace extensiva esta prohibición a aquellas otras personas que estén estrechamente vinculadas por lazos familiares o de amistad a los anteriores.
Quedan fuera del alcance de esta norma de conducta aquellos obsequios que tengan un valor simbólico o irrelevante, no repercutan beneficios indebidos, no causen un conflicto de interés y se encuadren dentro de los usos y costumbres propios de la actividad empresarial de GRUPO JUNO.
Es criterio de actuación obligatorio para todas las personas sujetas a este Código comunicar al órgano de compliance cualquier regalo, obsequio, dádiva o atención recibida que contravenga lo indicado en esta norma de conducta. En caso de duda, no se aceptarán ni se entregarán, ofrecerán, prometerán, recibirán, pedirán o solicitarán obsequios u otros beneficios.
5.8. Tratamiento de la información
La información es uno de los principales activos del Grupo en la gestión de sus actividades empresariales. Todos los miembros de GRUPO JUNO utilizarán este recurso con la máxima cautela, preservando su integridad, confidencialidad y disponibilidad, y minimizando los riesgos derivados de su divulgación y mal uso.
a) Información reservada y confidencial:Se presumirá que toda la información recibida por los miembros de GRUPO JUNO en el desempeño de sus funciones, de carácter no público, es considerada reservada y confidencial, debiendo estar sujeta al secreto profesional.
Es responsabilidad de todos los profesionales del Grupo aplicar los procedimientos y recursos puestos a su disposición para proteger la información, guardando confidencialidad sobre el contenido de su trabajo en sus relaciones con terceros. Será una contravención del presente Código Ético revelar información confidencial a terceros o hacer un mal uso de ella.
Todos los empleados de GRUPO JUNO, así como aquellos colaboradores o terceros que contraten con el Grupo, deberán adquirir el compromiso de confidencialidad. En caso de cese de la relación laboral o profesional, toda la información a la que se haya tenido acceso con motivo del vínculo contractual será devuelta a GRUPO JUNO, incluyendo los documentos o dispositivos de almacenamiento; debiendo subsistir, en todo caso, el deber de confidencialidad.
b) Transparencia y exactitud de la información:GRUPO JUNO se compromete a transmitir información sobre el Grupo de forma completa y veraz y colaborar con los órganos o entidades supervisoras o inspectoras en todo cuanto le sea requerido a fin de facilitar la supervisión administrativa.
Las personas sujetas al presente Código Ético deberán velar porque todas las operaciones con transcendencia económica que se realicen en nombre del Grupo figuren conveniente y fehacientemente registradas de forma clara, precisa, completa y veraz en los registros contables, de manera que representen la imagen fiel de las transacciones realizadas. Por ello, GRUPO JUNO se compromete a cumplir rigurosamente con la normativa mercantil, contable, financiera, tributaria, fiscal y aduanera.
Quedan expresamente prohibidas aquellas conductas tendentes a la elusión de obligaciones tributarias u obtención de beneficios en detrimento de la Hacienda Pública, la Seguridad Social u organismos equivalentes.
c) Derecho a la intimidad y protección de datos de carácter personal:GRUPO JUNO respeta el derecho a la intimidad de sus miembros y protege los datos personales de sus clientes, empleados, colaboradores y cualesquiera otras personas que tengan algún tipo de relación con el Grupo.
El tratamiento de los datos de carácter personal se realizará con sujeción a la normativa nacional y comunitaria vigente en la materia. GRUPO JUNO adoptará las medidas de índole técnica y organizativa necesarias para garantizar la seguridad de los datos de carácter personal y evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado, habida cuenta de la naturaleza de los datos almacenados, los riesgos a los que están expuestos y el estado de la técnica.
5.9. Uso de activos y recursos corporativos
GRUPO JUNO pone a disposición de sus miembros los recursos necesarios para el desempeño de su actividad profesional y facilita todos los medios para su adecuada protección y salvaguarda.
Las personas sujetas a este Código son responsables de la correcta utilización y protección de los activos y recursos propiedad del Grupo o de terceros, debiendo utilizarlos exclusivamente para el desarrollo de sus funciones. Entre éstos se incluyen la propiedad intelectual, las instalaciones, los equipos, el sitio web y los recursos financieros. Asimismo, deben protegerlos y preservarlos de cualquier uso inadecuado del que pudieran derivarse perjuicios para los intereses de la empresa.
GRUPO JUNO no permite descargar, instalar o utilizar archivos o programas de procedencia externa que puedan entrañar riesgo para la seguridad del Grupo o constituir una infracción
5.10. Prácticas de mercado
GRUPO JUNO se compromete a participar en los mercados impulsando la libre competencia y cumpliendo las leyes establecidas al respecto en los diferentes países donde opera. Sus miembros evitarán todas aquellas conductas que puedan constituir un abuso o restricción ilícita de la competencia. Con relación en la posible participación de GRUPO JUNO en licitaciones, concursos y subastas, públicas o privadas, se observarán los principios de actuación necesarios para garantizar el respeto a la libre formación de precios que resulten de la práctica de dichos actos.
Asimismo, GRUPO JUNO prohíbe a todos sus miembros realizar actividades publicitarias o utilizar métodos de comercialización que omitan información relevante para el cliente o que, por cualquier otra causa, puedan considerarse engañosas. Por ello, se evitarán las prácticas comerciales que supongan facilitar información incompleta, ambigua o engañosa o que, por acción u omisión, puedan inducir a error al cliente con respecto a las características de los productos o a su idoneidad.
5.11. Propiedad intelectual e industrial
Todas las personas sujetas a este Código Ético tienen la obligación de respetar y proteger los derechos de propiedad intelectual e industrial de GRUPO JUNO o de cualesquiera otros terceros, debiendo recabar para su uso las correspondientes licencias o autorizaciones de los legítimos titulares de tales derechos.
La propiedad intelectual e industrial creada por los empleados del Grupo, en el desempeño de sus funciones profesionales, pertenece a GRUPO JUNO, salvo pacto expreso en contrario.
5.12. Evitación de pagos irregulares
GRUPO JUNO ofrece a sus clientes mecanismos de pago sencillos, seguros y eficaces. Las personas sujetas a este Código se comprometen a garantizar la confidencialidad y transparencia de todas las transacciones financieras, así como su reflejo fiel en la contabilidad, no permitiendo los pagos y cobros en metálico o mediante cheques al portador superiores al límite establecido en la normativa aplicable.
5.13. Prevención de blanqueo de capitales y del terrorismo
GRUPO JUNO se compromete a no mantener ningún tipo de relación comercial o de cualquier otra naturaleza con personas o entidades que puedan tener como fin último incorporar al tráfico legal bienes, ganancias o dinero de procedencia ilícita o financiar actividades terroristas. Por ello, los miembros de GRUPO JUNO deberán prestar especial atención en la prevención de conductas que pudieran estar relacionadas con el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo, así como con la colaboración o el enaltecimiento del terrorismo, debiendo aplicar las medidas de diligencia debida oportunas y prestar la máxima colaboración a las autoridades competentes.
5.14. Protección del medioambiente y del orden urbanístico
GRUPO JUNO desarrolla su actividad desde el absoluto respeto al medioambiente y al equilibrio de los sistemas naturales, cumpliendo los estándares establecidos en la normativa medioambiental y minimizando el impacto de sus actividades.
Las personas sujetas a este Código Ético deberán realizar sus funciones profesionales respetando el medioambiente, asumiendo pautas de comportamiento destinadas a reducir el consumo de los recursos naturales, la polución y los residuos, promoviendo el ahorro energético y utilizando de manera eficiente las instalaciones, equipos y medios de trabajo puestos a su disposición.
Asimismo, en sus relaciones con contratistas o empresas colaboradoras externas, los empleados del Grupo transmitirán estos principios y exigirán el cumplimiento de los procedimientos y requisitos medioambientales aplicables en cada caso.
Las actuaciones desarrolladas por el Grupo relativas a la promoción, ejecución o dirección técnica de obras de urbanización, construcción, edificación o rehabilitación se realizarán con el máximo respeto a la normativa de ordenación territorial y urbanística que resulte de aplicación, tanto a nivel estatal, como autonómico y local.
6. Normas de conducta en las relaciones con el entorno de GRUPO JUNO
6.1. Clientes
GRUPO JUNO se compromete a cumplir los estándares de calidad en todos sus productos, garantizando el cumplimiento de los acuerdos comerciales, conforme a los requisitos y los estándares legalmente establecidos, y buscando continuamente la satisfacción de las necesidades y expectativas de sus clientes.
Los sujetos obligados por este Código, que en el desempeño de sus funciones accedan a datos de clientes, garantizarán su confidencialidad y se comprometerán a no revelar los mismos a terceros, salvo consentimiento expreso y por escrito del cliente o por obligación legal o cumplimiento de resoluciones judiciales y/o administrativas. La recogida y el tratamiento de los datos de carácter personal de los clientes se realizarán conforme a la normativa vigente relativa a la protección de datos de carácter personal.
6.2. Proveedores
GRUPO JUNO adecuará los procesos de selección de proveedores y contratistas a estándares de imparcialidad y objetividad, evitando cualquier conflicto de interés o favoritismo en la selección de los mismos. Todos los miembros del Grupo deberán aplicar en estos procesos los criterios de calidad, oportunidad, coste y sostenibilidad, actuando siempre en defensa de los intereses de GRUPO JUNO.
La información ofrecida por los proveedores en un proceso de selección, será tratada confidencialmente y no se revelará a terceros, salvo consentimiento expreso y por escrito del proveedor o por obligación legal o cumplimiento de resoluciones judiciales y/o administrativas.
6.3. Acreedores
Las personas sujetas a este Código Ético se abstendrán de disponer, transmitir, ceder, enajenar, gravar y/o arrendar cualquier bien o propiedad de GRUPO JUNO con la finalidad de causar un perjuicio a alguno de sus acreedores.
6.4. Competidores
GRUPO JUNO se compromete a cumplir la normativa de defensa de la competencia, evitando cualquier conducta que constituya o pueda constituir una colusión, abuso o restricción de la misma y a competir en los mercados de forma leal, no realizando publicidad engañosa o inadecuada de su competencia o de terceros. La obtención de información de cualesquiera terceros, incluyendo información de sus competidores, se realizará en todo caso de manera lícita.
6.5. Accionistas
GRUPO JUNO manifiesta su propósito de búsqueda continua de valor añadido para sus accionistas, garantizando su acceso a información adecuada, útil y completa sobre el desarrollo de la actividad.
6.6. Administración, autoridades e instituciones públicas
Las relaciones de GRUPO JUNO con las administraciones, autoridades e instituciones públicas se regirán por los principios de plena cooperación, transparencia e independencia.
GRUPO JUNO no realiza aportaciones a partidos políticos ni tiene posicionamiento ni afinidad política de ninguna índole. Sin perjuicio de ello, respeta las opiniones y la sensibilidad política de sus trabajadores y su derecho de afiliación y/o militancia en partidos políticos y sindicatos. Por todo ello, el Grupo no se responsabiliza de las opiniones, ideas o manifestaciones personales de sus trabajadores.
Las personas sujetas al presente Código Ético deberán informar a la Dirección de Recursos Humanos de GRUPO JUNO, con carácter previo a la aceptación de cualquier cargo y/o nombramiento público, con el fin de delimitar la existencia de incompatibilidades o posibles conflictos de interés.
6.7. Sociedad en general
GRUPO JUNO se compromete al desarrollo y promoción de iniciativas enfocadas a la acción social, mejorando la calidad de vida de las personas y de los espacios naturales, en los territorios donde opera y en el entorno de sus actividades empresariales.
Las actividades que se puedan llevar a cabo en el ámbito de la acción social deberán realizarse en sintonía con la normativa interna, de manera transparente y sin buscar el provecho personal de alguno de los miembros del Grupo.
7. Disposiciones finales
7.1. Difusión
El presente Código Ético se comunicará y difundirá entre los miembros de GRUPO JUNO y las partes interesadas, de conformidad con los medios y recursos disponibles.
Las personas sujetas este Código tienen la obligación de conocer su contenido y los valores corporativos de GRUPO JUNO, así como respetarlo y ayudar al resto de personas y entidades en su cumplimiento.
7.2. Canal Ético
El Canal Ético es el mecanismo interno implantado en GRUPO JUNO que permite a sus miembros y cualesquiera terceros que mantengan una relación profesional con la organización comunicar, de forma confidencial o anónima y sin temor a represalias, las posibles irregularidades o comportamientos ilícitos que puedan sucederse en el ámbito de la actividad empresarial.
Con el objeto de crear un Canal Ético accesible, GRUPO JUNO ha habilitado como mecanismo preferente de comunicación un formulario en línea, accesible en el siguiente enlace. Las comunicaciones deberán ser precisas en la descripción de las conductas que se quieren informar y, en la medida de lo posible, indicar o aportar los indicios o pruebas que puedan servir al esclarecimiento de los hechos.
La organización garantiza el firme cumplimiento de todos los principios de actuación y derechos reconocidos a las partes, descritos en la Política para la gestión del Sistema Interno de Información y protección del informante de GRUPO JUNO, de conformidad con la normativa vigente en esta materia.
7.3. Régimen disciplinario
GRUPO JUNO adoptará las medidas disciplinarias que considere adecuadas, de acuerdo con la legislación vigente, para evitar el incumplimiento de las disposiciones contenidas en el presente Código Ético.
El comportamiento inadecuado sujeto a sanción legal o disciplinaria, alcanzará no sólo al que infrinja el Código, sino también a aquéllos que por acción u omisión aprueben dichos comportamientos o tengan conocimiento de dichas infracciones y no traten de subsanarlas o comunicarlas de inmediato.
7.4. Actualización
El Código Ético se revisará y actualizará periódicamente por el órgano de compliance, en función de los compromisos adquiridos por el Grupo en materia de buen gobierno, responsabilidad social y transparencia, y de los cambios que se puedan producir en la actividad empresarial y en la legislación aplicable.
Cualquier revisión o actualización que suponga la modificación del Código Ético requerirá su aprobación por los órganos de gobierno y representación de GRUPO JUNO.
7.5. Vigencia
Este Código Ético entrará en vigor en su fecha de aprobación por el Consejo de Administración de GRUPO JUNO, y permanecerá vigente mientras el citado órgano de administración no apruebe su actualización, revisión o derogación.